Al cumplirse doce meses de la firma del decreto que modificó la Ley de Migraciones y normativas clave de educación y ciudadanía, un análisis sobre cómo el paradigma de derechos humanos cede terreno ante la sospecha y el control estatal.
El balance del primer año de vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025 en Argentina expone un profundo giro restrictivo en la gobernanza de la movilidad humana. Lejos de responder a una situación de emergencia estadística o intercensal, la reforma instala filtros económicos de solvencia y trabas burocráticas que, de acuerdo con los especialistas, operan como un mecanismo de producción estatal de irregularidad administrativa.
Las migraciones están, una vez más, en el centro de los debates internacionales. Mientras el mundo atraviesa una marcada profundización de las desigualdades, con mayor concentración de la riqueza, precarización del trabajo y deterioro de las condiciones de vida, la extrema derecha global apunta hacia las personas migrantes como uno de sus principales blancos de persecución y ataque. Todo esto, además, en un contexto atravesado por guerras y crisis climática que impactan en sus flujos.
Argentina no es la excepción. El 29 de mayo se cumplió un año de la publicación del DNU 366/25, que modificó la Ley Nacional de Migraciones 25.871, la Ley de Ciudadanía 346 y dos normativas educativas (la Ley de Educación Superior 24.521 y la Ley de Educación Nacional 26.206). Más allá de los cambios normativos concretos, el decreto puso de manifiesto un cambio de paradigma que ya se venía ensayando: las migraciones dejaron de ser pensadas desde una lógica de derechos para ser abordadas desde una perspectiva securitista. Un profundo giro restrictivo.
Un año después, resulta necesario hacer un balance no solo de sus modificaciones formales, sino también de los efectos que genera. Porque el DNU 366/25 no surgió de forma aislada, sino que forma parte de un escenario en el que las migraciones son un importante terreno de disputa política, económica, social y cultural marcado por la expansión y profundización de discursos xenófobos y criminalizantes.
El lugar de las migraciones en el sistema global
Vivimos en un mundo donde los capitales, las mercancías y la información circulan a velocidades cada vez mayores. Sin embargo, aunque la movilidad humana también forma parte de las dinámicas que estructuran la economía global, mientras la circulación de bienes y capitales es entendida como condición del desarrollo, la de las personas continúa siendo objeto de crecientes cuestionamientos y restricciones. Esta diferencia no es casual: evidencia el lugar que las migraciones ocupan en el capitalismo contemporáneo.
Las profundas desigualdades entre regiones y países, la concentración de la riqueza, las guerras y, cada vez más, la crisis climática, impulsan desplazamientos de millones de personas en todo el mundo. Las migraciones no constituyen, entonces, una anomalía o un problema para el orden global, sino que son una de sus condiciones de funcionamiento. No son externas al sistema económico y de desarrollo, sino una parte estructural del mismo.
Esto se evidencia si se analiza, al menos de manera general, el mercado de trabajo. Las personas migrantes suelen ocupar posiciones particularmente vulnerables, pero no por ello menos importantes. La agricultura, la construcción, el trabajo doméstico y de cuidados, y los servicios dependen en gran medida de ellos y ellas. Esa vulnerabilidad no es casual. Se trata de una trama estigmatizante e histórica que busca producir una fuerza de trabajo precarizada y en riesgo, disponible para la hiperexplotación en trabajos forzados e informales. Permisos de residencia cambiantes e inciertos, entre otras condiciones, serían inaceptables para otros trabajadores. Porque, en definitiva, se trata de una cuestión de clase, de raza y, por supuesto, de género.
«Vivimos en un mundo donde los capitales, las mercancías y la información circulan a velocidades cada vez mayores. Sin embargo, aunque la movilidad humana también forma parte de las dinámicas que estructuran la economía global, mientras la circulación de bienes y capitales es entendida como condición del desarrollo, la de las personas continúa siendo objeto de crecientes cuestionamientos y restricciones».
Giro restrictivo como modelo migratorio: el laboratorio argentino
Este lugar central que las migraciones ocupan en el desarrollo, que tiene como contracara la informalidad y altos niveles de precariedad, requiere de un modelo migratorio específico: aquel que permita mantener una mano de obra barata y precarizada. Es decir, la producción legal de trabajadores sin papeles, la precarización de trabajadores regulares (quienes enfrentan la inestabilidad de no saber si se les renovará la documentación debido a nuevos y cambiantes requisitos), y una lógica de estigmatización y discriminación racista y transgeneracional, que afecta también a los hijos e hijas de migrantes nacidos en el país.
Las extremas derechas a nivel global han convertido este escenario en uno de sus principales campos de intervención política. Sobre estas condiciones estructurales construyen discursos criminalizantes y xenófobos que permiten legitimar políticas cada vez más restrictivas y profundizar un modelo migratorio basado en la exclusión, la segmentación y la precarización de las personas migrantes. De esta manera, las fronteras ya no funcionan únicamente como límites territoriales, sino también como mecanismos que permiten administrar y jerarquizar poblaciones, con un fuerte componente racial.
La securitización de las migraciones se consolidó como una tendencia internacional cada vez más extendida. El recrudecimiento de los controles fronterizos, la criminalización de la irregularidad migratoria y la restricción de derechos forman parte de un abanico político que gana terreno en distintas regiones del mundo. Desde Trump en Estados Unidos hasta Meloni en Italia o Kast en Chile, las personas migrantes son presentadas como responsables de problemas estructurales como la inseguridad, el desempleo, la crisis habitacional o el deterioro de los servicios públicos.
Si bien es en este escenario en el que debe leerse el DNU 366/25, existe una diferencia fundamental: Argentina no atraviesa una «crisis migratoria». No existe ningún indicador ni análisis intercensal que permita sostener la necesidad de una reforma migratoria. Se inscribe de manera descontextualizada en una agenda que toma como espejo las políticas impulsadas por las derechas internacionales, especialmente la de Estados Unidos.
En ese sentido, la reforma no parece responder a una situación excepcional, sino a la importación de una agenda política y un modelo migratorio que convierte a las migraciones en un problema. La discusión se trata, entonces, de quién pertenece a la nación y quién no; quién merece acceder a derechos y quién no; quién es considerado una amenaza y quién es bienvenido; qué papel debe asumir el Estado y cómo se abordan los conflictos y problemas estructurales en contextos de aumento de la desigualdad y crisis. Por eso, las políticas y la gobernanza migratoria suelen decir mucho más sobre el proyecto de sociedad que sobre las migraciones en sí mismas.
A un año de la publicación del DNU 366/25 ya es posible identificar algunos de sus principales efectos. Más allá de las modificaciones normativas, la reforma impactó en la forma de pensar y gestionar la movilidad humana, reforzando una lógica de control, sospecha y securitización en los procesos de regularización, en las condiciones de acceso a derechos y en los discursos construidos sobre estas poblaciones. Se trata de una transformación en la forma en que el Estado se vincula con los y las migrantes.
De la lógica de derechos a la sospecha permanente
La Ley Nacional de Migraciones 25.871, sancionada a fines de 2003, constituyó un punto de inflexión al reconocer la migración como un derecho humano esencial e inalienable de todas las personas, y establecer obligaciones concretas para el Estado en materia de regularización e inclusión. Esto la convirtió en una referencia regional.
El DNU 366/25, por el contrario, avanzó en un sentido opuesto. El endurecimiento de los requisitos para acceder a residencias, las modificaciones en materia de ciudadanía, las restricciones en el acceso a derechos y los cambios introducidos en el régimen de expulsiones expresan una profunda transformación: las personas migrantes dejan de ser concebidas como sujetos de derechos para pasar a ser abordadas desde una lógica de sospecha.
La reforma no se trata únicamente de nuevos requisitos administrativos, sino de una forma diferencial de acceso y pertenencia, donde determinados derechos esenciales pasan a estar condicionados por la situación y categoría migratoria de las personas. Al mismo tiempo, esto no afecta por igual a toda la población migrante, sino que opera a través de una lógica racializada sobre determinados colectivos y nacionalidades. Rompe con la lógica de universalidad de los derechos propia del Estado moderno y democrático.
Los cambios introducidos en materia de reunificación familiar, en esta línea, muestran efectos claros: mientras la Ley 25.871 buscaba la estabilidad de los núcleos familiares, los nuevos criterios habilitan situaciones en las que integrantes de una misma familia acceden a categorías migratorias diferentes, con niveles desiguales de acceso a derechos y permanencia. Así, una persona puede obtener una residencia permanente mientras otra del mismo hogar queda sujeta a renovaciones periódicas y mayores exigencias burocráticas, viendo restringido su acceso a la salud pública en hospitales nacionales y quedando limitada a la atención arancelada o a situaciones de emergencia, cuando se trate de esos efectores de salud. Estas diferencias producen incertidumbre, dificultan la planificación de proyectos de vida comunitarios y se alejan de los principios de una migración segura, ordenada y regular.
En simultáneo, aumentan los operativos de control de permanencia. La participación de Fuerzas Federales y la espectacularización de estos procedimientos refuerzan la idea de que la migración constituye un problema de seguridad antes que una cuestión vinculada a derechos humanos, inclusión y desarrollo. En ese proceso, la figura del migrante irregular se transforma progresivamente en la figura del migrante sospechoso, peligroso o «ilegal».
«El DNU 366/25, por el contrario, avanzó en un sentido opuesto. El endurecimiento de los requisitos para acceder a residencias, las modificaciones en materia de ciudadanía, las restricciones en el acceso a derechos y los cambios introducidos en el régimen de expulsiones expresan una profunda transformación: las personas migrantes dejan de ser concebidas como sujetos de derechos para pasar a ser abordadas desde una lógica de sospecha».
Producir irregularidad
El principal efecto del DNU 366/25 ha sido la producción sistemática de irregularidad migratoria. Durante el último año se multiplicaron los obstáculos para acceder a una residencia. Al endurecimiento de los requisitos establecidos por el propio Decreto se suman situaciones vinculadas a su implementación: criterios poco claros, interpretaciones distintas entre delegaciones, exigencias que varían entre casos de similares características y un aumento de la discrecionalidad administrativa.
El resultado es un escenario marcado por la falta de información clara y precisa, y la dificultad para proyectar una regularización o, lo que es similar, una regularización sostenida. Incluso aquellas personas que cuentan con radicación regular encuentran trabas para sostenerla, con grandes problemas para renovar residencias que tienen años de vigencia. Un ejemplo de estas nuevas exigencias es la incorporación del certificado migratorio como requisito para la renovación del Documento Nacional de Identidad. Esta medida no solo encarece los procesos, sino que agrega nuevos tiempos de espera, en un contexto donde los mecanismos administrativos del organismo nacional transcurren con grandes demoras.
En la misma línea, aumentaron las situaciones de expedientes sin resolución, dejando a las personas con residencias precarias prolongadas. Aunque formalmente no se encuentren en situación irregular, esta condición implica altos niveles de vulnerabilidad. La posibilidad de proyectar una vida estable se torna más difícil.
El requisito incorporado que resulta especialmente problemático —y que da cuenta con claridad del modelo migratorio que se sostiene— es el que establece la obligatoriedad de demostrar solvencia económica para acceder a una residencia permanente. Lejos de ser un criterio neutral, establece un filtro que afecta de manera diferencial a quienes se insertan en los segmentos más precarizados e informales del mercado laboral. En otras palabras, el problema deja de ser la migración en sí misma para convertirse en una cuestión sobre qué migrantes son considerados deseables y cuáles no. Bajo una apariencia técnica, este criterio introduce una selección atravesada por desigualdades de clase y, como ya mencionamos, también por procesos de racialización asociados a algunos orígenes nacionales.
El modelo migratorio se torna evidente: mientras amplios sectores de la economía y el desarrollo dependen del trabajo migrante en actividades atravesadas por altos niveles de informalidad y precarización, la reforma convierte esas mismas condiciones laborales en un obstáculo para acceder o sostener una residencia. Pareciera buscarse deliberadamente la profundización de la injusticia en el mercado de trabajo. Es que, como mencionamos, la irregularidad opera como condición funcional para la disponibilidad de mano de obra disciplinada y con menor capacidad de exigir derechos. El problema, entonces, no es la existencia de personas migrantes en situación irregular, sino la consolidación de un modelo que la produce.
Gobernar desde la incertidumbre
A un año de la entrada en vigencia del DNU 366/25, sus efectos son múltiples y permiten ver con claridad el modelo migratorio que busca consolidarse en la Argentina. Las expulsiones, el endurecimiento de los requisitos para acceder a una residencia y los mecanismos de control conforman una parte importante de este proceso. Sin embargo, sus efectos son más amplios. La producción de irregularidad, las residencias precarias que se prolongan durante meses, los requisitos cambiantes, la ampliación de los márgenes de discrecionalidad administrativa, las exigencias de solvencia económica, las dificultades para sostener la regularidad documentaria y los obstáculos para la reunificación familiar configuran un escenario en el que miles de personas viven sin certezas sobre su situación. Se genera un estado de incertidumbre permanente. La discusión ya no pasa únicamente por quién puede ingresar o permanecer en el territorio nacional, sino también por las condiciones de estabilidad, acceso a derechos y protección bajo las cuales esa permanencia se vuelve posible. La incertidumbre aparece como un efecto central de la política migratoria actual y la vulnerabilidad deja de ser una situación excepcional para convertirse en una experiencia cotidiana.
El mecanismo se vuelve evidente: primero se dificulta la regularización; luego se utiliza esa misma irregularidad como argumento para justificar mayores controles, restricciones y expulsiones. Un círculo vicioso que tiene como telón de fondo la proliferación de discursos de odio y estigmatización.
En este marco, el balance del DNU 366/25 no puede reducirse a los cambios formales introducidos en la normativa. Lo que está en discusión es el modelo: uno que deja de entender la migración como un derecho para abordarla como un problema de seguridad; que reemplaza la inclusión por la sospecha; y que administra la movilidad humana a través de la producción de vulnerabilidad e incertidumbre. De modo que debe quedar claro que no nos encontramos frente a una crisis de irregularidad migratoria, sino frente a una política de producción estatal de irregularidad. Una política que cimenta el modelo de sociedad excluyente que pretenden construir.
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Licenciada en Sociología por la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y maestranda en Estudios Feministas por la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM). Actualmente es directora de Asuntos Consulares en la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Interjurisdiccionales del Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires.
