Italia endureció el acceso a la ciudadanía por ius sanguinis. La controversial medida podría excluir a millones de descendientes en América Latina de su derecho a la reconstrucción identitaria.
El pasado 20 de mayo, el Parlamento italiano ratificó el Decreto-Ley 36/25, que restringe la concesión de la ciudadanía italiana por el principio ius sanguinis (derecho por sangre) a descendientes de italianos nacidos en el extranjero. Esta controversial reforma, promulgada en marzo como decreto de necesidad y urgencia, había sido impulsada por el Consejo de Ministros de la República, encabezado por Giorgia Meloni.
También conocido como Decreto Tajani en honor al actual ministro de Asuntos Exteriores, la medida legislativa extraordinaria establece que, desde la entrada en vigor de la misma, solo podrán acceder a la ciudadanía italiana “los hijos o nietos de italianos que al momento de fallecer tenían solo la ciudadanía italiana”. El propio Antonio Tajani buscó legitimar el proyecto de reforma, alegando que “intenta poner fin a los abusos o la comercialización de los pasaportes italianos”, buscando así que la ciudadanía italiana no se utilice como un medio para beneficiarse de la obtención de un pasaporte europeo, sino que los nacionalizados establezcan vínculos reales con el país de la bota a lo largo del tiempo. Además, el ministro declaró que otro objetivo de esta reforma es que los Consulados se dediquen a prestar servicios a quienes ya son ciudadanos de forma más eficiente, y aunque si bien este punto resultaría atendible, lo cierto es que, desde lo procedimental, se podría estar vulnerando un derecho adquirido para millones de descendientes.
En países como Argentina, Uruguay, Venezuela o Brasil, que recibieron enormes oleadas de migrantes italianos desde fines del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, el número de reconocimientos a nuevos ciudadanos no hizo más que aumentar exponencialmente en los últimos años. Según fuentes del Ministerio de Relaciones Exteriores de Italia, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero aumentaron un 40% entre 2014 y 2024 (de 4,6 millones a 6,4 millones). En este sentido, se podría presumir que atender estas solicitudes implica un esfuerzo económico y en materia de recursos humanos para el país europeo.

Aún así, la polémica surgió a partir de la presunción de que la única estrategia para optimizar recursos sea suprimir un derecho de sangre, garantizado explícitamente por la Constitución, así como la instauración de la idea de que ejercer el mismo implicaría “un abuso”.
Considerando que, hasta el momento, la ciudadanía se transmitía por vía sanguínea a todos los descendientes de italianos sin límite generacional (lo cual se consideraba un derecho de nacimiento), esta nueva disposición restrictiva ha encontrado una fuerte oposición entre la diáspora. Los detractores del decreto alegan que es ilegítimo e inconstitucional, ya que implica la “pérdida retroactiva” de una garantía. Además, al margen del plano jurídico, consideran que la iniciativa de Meloni y su espacio político es intempestiva, arbitraria y contradictoria.
En más de una oportunidad —y especialmente en tiempos electorales— la líder de Fratelli d’Italia había expresado públicamente la importancia de estrechar lazos con los italianos residentes en Latinoamérica. Y así como la Primera Ministra ha convertido su política anti inmigratoria en un tótem de su gestión, no ha ignorado la importancia de granjearse la simpatía de los más de 7 millones de italianos que viven fuera de la península, especialmente aquellos habilitados para votar.
Avances contra un derecho de nacimiento
Hasta la entrada en vigor del Decreto 36/25, y según la Ley 91 de 1992, se consideraba que cualquier descendiente de italianos, sin importar el límite generacional, nacía como “ciudadano italiano de facto”, y solo precisaba formalizar este derecho en caso de que quisiera ejercer otros derivados del primero, como votar u obtener un pasaporte.
En franca oposición con la ley vigente, que también reconoce la legalidad de contar con múltiples ciudadanías, el decreto Tajani no solo ha provocado un gran perjuicio para todos aquellos que hubieran destinado esfuerzos de tiempo y dinero en recolectar la documentación que acreditara ascendencia italiana, sino que, fundamentalmente, priva de la ciudadanía a quienes aún no hubieran presentado su solicitud de reconstrucción ante los organismos competentes.
Además del atropello sobre un derecho considerado absoluto e imprescriptible por ley, cabe destacar que el decreto sobre ciudadanía fue anunciado el mismo día que el Decreto 37/25, que busca “agilizar” el proceso de expulsión de “inmigrantes irregulares”. De esta forma, podría considerarse que no solo se está ante la presencia de la violación de un derecho, sino que también, se pretende criminalizar su ejercicio ante la opinión pública, o cuanto menos generar confusión.
Finalmente, la propuesta de derivar la gestión y el otorgamiento de nuevas ciudadanías de los Comunes y Consulados hacia una única oficina en Roma, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, permite augurar un inminente colapso y una imposibilidad de tratar en tiempos lógicos las miles de solicitudes que se esperan. En ese sentido, si bien la voluntad de optimizar recursos para ofrecer servicios consulares de mejor calidad a los ciudadanos resulta entendible, podría presumirse que existe una intención no manifiesta de que la búsqueda del reconocimiento de la nacionalidad se convierta en un trámite lo suficientemente engorroso y costoso como para que muchos desistan de la misma.
Primeras enmiendas y debates futuros
Por otro lado, la desprolija instrumentación, sumada a la rápida reacción de la oposición, hizo posible que se introdujeran importantes enmiendas a fin de resguardar a las personas afectadas. Si bien el decreto fue aprobado en el Parlamento (lo cual se daba por descontado, dado que Meloni y sus aliados de centroderecha cuentan con cómodas mayorías en las Cámaras), luego del tratamiento formal se consiguieron algunas rectificaciones paliativas, a la espera de que se expidan las instancias superiores de la Justicia.
Por ejemplo, la propuesta original suprimía el acceso a la ciudadanía italiana para los hijos de aquellos italianos que ostentaran otra nacionalidad. En la práctica, esto instauraba la existencia de “ciudadanos de primera y otros de segunda”; por un lado, los residentes en Italia, quienes transmiten la ciudadanía a sus hijos, y por el otro, los residentes en el extranjero, quienes ya no lo harían. Finalmente, fue posible negociar el establecimiento de un período de un año para iniciar el trámite de reconocimiento de ciudadanía para los hijos nacidos en el exterior. Además, se obtuvo un “período de gracia” para los nacidos antes del 27 de marzo de 2025 a las 23.59, quienes podrán ser inscriptos hasta el 31 de mayo del 2026.
Así las cosas, lo que se espera ahora es que, eventualmente, la constitucionalidad del decreto se termine por dirimir en el Tribunal Constitucional italiano, que es el órgano facultado para revisar la validez de leyes parlamentarias o decretos ejecutivos. Hasta entonces, ya sea por la intención de optimizar recursos, o bien por motivos exclusivamente políticos e ideológicos, millones de descendientes de italianos diseminados por el mundo encontrarán nuevas dificultades para ejercer su derecho a reestablecer lazos con la patria de sus antepasados.
Imagen de portada: Cancillería de la República de Latvia (Valsts kanceleja/State Chancellery) (CC BY-NC-ND 2.0, sin cambios).
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Periodista y Licenciado en Comunicación. Con raíces familiares en Italia, España y Lituania. Diletante de la música, historia, geopolítica y filosofía.