La Convención sobre los Derechos del Niño, que Argentina firmó y ratificó, establece, en su artículo 10, que “toda solicitud hecha por un niño o por sus padres para entrar en un Estado Parte o para salir de él a los efectos de la reunión de la familia será atendida por los Estados Partes de manera positiva, humanitaria y expeditiva”. Además, estipula…
