Compartir:

El caso de Juan Pedro Martínez Piedraita, ciudadano uruguayo detenido sin previo aviso y deportado desde Argentina, expone abusos en el procedimiento migratorio y vulneraciones a derechos fundamentales. Su expulsión se inscribe en el marco de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, que endurece las condiciones para migrantes con antecedentes, sin considerar su arraigo ni situación familiar. Las organizaciones de derechos humanos denuncian una política punitivista y estigmatizante.

El viernes 11 de julio, Juan Pedro Martínez Piedraita, ciudadano uruguayo y afrodescendiente de 60 años, residente en Argentina desde hace 19 años, se presentó en la Dirección Nacional de Migraciones tras ser notificado para avanzar con su trámite de residencia permanente. Lo que debía ser un paso administrativo terminó en una detención sin previo aviso: agentes de la Policía Federal lo arrestaron en el lugar, fue privado de su libertad durante cinco días, sin contacto con su familia ni acceso a su medicación habitual, y luego deportado a Uruguay.

El caso, plagado de irregularidades, encendió las alarmas entre organizaciones migrantes y defensoras de derechos humanos. La abogada Zulema Montero, quien representa a la familia, brindó detalles del procedimiento a Refugio Latinoamericano.

Una detención arbitraria y sin notificación previa

El Ministerio de Seguridad de Argentina indicó que Martínez Piedraita fue deportado por la comisión de “reiterados delitos cometidos en la Argentina”. Imagen: Ministerio de Justicia de Argentina

Martínez Piedraita había iniciado el trámite de radicación permanente el 5 de octubre de 2022, mediante el sistema RADEX (Radicación a Distancia de Extranjeros), por ser padre de hijos argentinos. Aunque Migraciones detectó un antecedente penal, se le otorgó una residencia precaria judicializada, que renovaba regularmente y de manera presencial. También había informado su domicilio y situación familiar.

El antecedente penal correspondía a una denuncia por violencia de género del año 2018, por la que recibió una condena en suspenso de un año y medio. Según declaró su esposa, Paola Arismendi, el episodio estuvo vinculado a problemas de adicción que Martínez atravesaba en ese momento. A pesar de estas dificultades, la pareja logró reconstruir su vínculo familiar: hoy tienen tres hijos en común, de 6, 14 y 17 años, y sostienen un emprendimiento económico.

Pese a esa situación, Migraciones emitió el 31 de marzo de 2023 una resolución de expulsión que, según la abogada, nunca fue notificada al afectado ni a su familia. “Le renovaban la residencia precaria sin informarle sobre la expulsión. Si hubiera sido notificado, habría podido presentar un recurso de reconsideración según la Ley de Migraciones 25.871”, explicó Montero.

La abogada remarcó que el organismo tenía conocimiento de su núcleo familiar y su arraigo social y económico. “Tenían herramientas legales para revisar la expulsión. Incluso el nuevo decreto 366/2025 lo permite si se comprueba la existencia de una familia constituida. Y eso estaba más que claro en este caso”, denunció.

Una reforma regresiva y su aplicación arbitraria

El nuevo decreto 366/2025, aprobado por el gobierno nacional, redujo de cinco a tres años el plazo de prescripción de antecedentes penales como causal de deportación. Aunque la resolución contra Martínez es anterior a esta normativa, su implementación revela una política más amplia: endurecer las condiciones para migrantes con antecedentes, sin evaluar el contexto ni los procesos de reintegración.

“Están intentando expulsar a cualquier persona con antecedentes, sin importar la naturaleza del delito ni su situación familiar. Incluso he escuchado a Patricia Bullrich afirmar públicamente que este uruguayo fue deportado por ‘cometer muchos delitos’, sin especificar a cuáles se refiere”, señaló Montero.

Actualmente, Juan Martínez se encuentra en Uruguay, contenido por organizaciones sociales y militantes de derechos humanos. Su familia, en Argentina, quedó sin su principal sostén económico y emocional. “Vamos a avanzar judicialmente desde acá, y también se están evaluando acciones internacionales desde Uruguay. No podemos permitir que este tipo de precedentes se naturalicen”, subrayó la abogada.

Criminalización y estigmatización

El posteo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en la red social X.

Montero alertó sobre la intención política detrás de estas medidas: “Si una persona ya fue juzgada y cumplió su pena, no corresponde que Migraciones imponga una segunda sanción. Lo que están haciendo es criminalizar la pobreza y la migración”.

Según datos del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución Penal (SNEEP), las personas migrantes representan apenas un 6% de la población carcelaria en Argentina. “Es insignificante. ¿Entonces qué buscan con el decreto? Estigmatizar. Expulsan trabajadores, mientras se prioriza a quienes tienen inversiones para acceder a la ciudadanía. Este gobierno actúa sistemáticamente contra los derechos humanos, y en este caso, contra los derechos de las personas migrantes”, concluyó.

Organismos como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advirtieron, además, que el caso de Martínez Piedraita configura una medida arbitraria, ya que el hecho de dejar a su familia a la intemperie viola principios fundamentales como el debido proceso y el interés superior del niño. También recordaron que el Decreto 70/2017 —utilizado para justificar este tipo de expulsiones exprés— fue declarado inconstitucional, y que incluso bajo su vigencia existían excepciones para personas con vínculos familiares consolidados.


Contenido relacionado:

“Se lo llevaron igual”: el relato del primo de Merwil Gutiérrez, quien presenció su arresto

Los recortes de Trump dejan sin asistencia legal a miles de niños migrantes ante los tribunales de inmigración

Equipo Periodístico |  + notas

Es comunicadora social y periodista, especializada en comunicación política. Sus raíces migratorias provienen de Italia y Francia, de donde sus antepasados arribaron a Argentina a principios del siglo XX.


Compartir:
Mostrar comentariosCerrar comentarios

Deja un comentario